Aunque no es de nuestra zona las redes sociales tienen entre sus contras el que todo se difunde rápidamente, sin fronteras, y estos días hemos conocido un documento que simulando ser oficial, utilizando símbolos oficiales de forma prohibida por las Leyes de Murcia desde el año 1983, interpreta de forma muy confusa y errónea la normativa sobre animales. El que haya llegado a foros de la zona puede dar lugar a errores que queremos evitar.
Al parecer la difusión se inicia en una supuesta página sobre animales que no ha dudado en bloquear a sus detractores, y puede ocasionar graves perjuicios a los amantes de los animales de seguir los consejos de esa falsa nota oficial.
Pasando por alto las referencias que hace al Código Penal, que se refiere al delito de uso de cebos envenenados en la caza, lo más llamativo es que se refiere a la Ley 6/2017 que afecta a animales de compañía en relación a la infracción 5.g, negarles la alimentación necesaria para su normal desarrollo.
Esta norma se aplica, como el título de la Ley indica, a los animales de compañía, no a los callejeros, y se aplicaría a quien por ejemplo encierre en su domicilio a sus animales sin darles alimento provocándoles daño. Esa situación, no alimentar a los animales que tienes bajo tu responsabilidad, es muy diferente a la que al parecer se quiere transmitir falsamente.
Muchos lectores han interpretado que por esa Ley es obligatorio alimentar a todos los animales callejeros, y que quien ose retirar la comida que vayan dejando por las aceras será denunciado e incluso podría ir a la cárcel, según el confuso cartel.
Nada más lejos de la realidad, porque si algún ciudadano denunciara, por ejemplo, a un empleado municipal o cualquier otro vecino por retirar alimento de las vías públicas, no sólo no llegaría a ninguna parte tal denuncia, si no que de identificar a quien dejó el alimento en la vía pública sería éste el denunciado por ello.
Todo un giro en la interpretación del que no se avisa, pero era previsible teniendo en cuenta la redacción, formato del cartel, y sobre todo falta de firma y uso de escudos oficiales que está prohibido para la ciudadanía. Probablemente sea un acto involuntario por simple ignorancia, porque no queremos pensar que se haya actuado de mala fe para confundir a los amantes de los animales y exponerles a sanciones por depositar alimento en las vías públicas, algo prohibido en cualquier región del país.
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